Columbario Parroquial

Columbario Parroquial

“Jesús le dijo: «Yo soy la resurrección y la vida: el que cree en mí, aunque haya muerto, vivirá; y el que está vivo y cree en mí, no morirá para siempre. ¿Crees esto?». Ella le contestó: «Sí, Señor: yo creo que tú eres el Cristo, el Hijo de Dios, el que tenía que venir al mundo»”

Jn 11, 25-27

“Si por razones legítimas se opta por la cremación del cadáver, las cenizas del difunto, por regla general, deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente” (Instrucción Ad resurgendum cum Christo, 5)

La Parroquia de San Agustín de Valencia está inmersa en la creación de un nuevo espacio que albergará el Columbario Parroquial. Un lugar para custodiar las urnas con las cenizas de nuestros difuntos, ayudando a conservar su recuerdo, la oración de los familiares y de toda la comunidad cristiana.

El Columbario de San Agustín se desarrollará en torno a siete pequeños espacios de Oración y Esperanza, presidido cada uno de ellos por una de las Siete Palabras (Septem Verba) que pronunció Cristo en la Cruz y que propician una suerte de catequesis que invita al recogimiento, a la oración y la esperanza. El espacio está situado en la parte derecha de las dependencias colindantes al ábside de la iglesia.

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Recuperar la tradición de la Iglesia

Siguiendo la antiquísima tradición cristiana, la Iglesia recomienda insistentemente que los cuerpos de los difuntos sean sepultados en los cementerios u otros lugares sagrados.

Enterrando los cuerpos de los fieles difuntos, la Iglesia confirma su fe en la resurrección de la carne, y pone de relieve la alta dignidad del cuerpo humano como parte integrante de la persona con la cual el cuerpo comparte la historia.

Ahora bien, “si por razones legítimas se opta por la cremación del cadáver, las cenizas del difunto deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso de una iglesia, debe ser en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente”.

Con estas palabras lo indicó el prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el cardenal Gerhard Ludwig Müller, al presentar la Instrucción Ad resurgendum cum Christo, el documento que trata acerca de la sepultura de los difuntos y la conservación de las cenizas en caso de cremación cristiana.

El descanso eterno en la Parroquia

Los templos son, sin lugar a duda, lugares de descanso, recogimiento y reflexión, espacios con un elevado contenido espiritual a lo largo de la vida de una persona.

La custodia de la urna en la propia parroquia permite el descanso eterno en suelo sagrado, allí donde el difunto ha vivido su fe y ha recibido la gracia de Dios a lo largo de su vida mientras espera el día de la resurrección, a la vez que ayuda a conservar su recuerdo y facilita la oración y visitas de los familiares, allegados y de la comunidad cristiana.

Septem Verba, el Columbario Parroquial de San Agustín

La Parroquia de San Agustín cuenta con un espacio único en la ciudad de Valencia. Este Templo fue construido por los religiosos agustinos para acompañar a los cristianos que vivían en esta Ciudad. De esto hace más de 700 años y, a lo largo de su historia, este lugar ha sido lugar de oración por los vivos y por los difuntos.

El Columbario de San Agustín, proyectado por el doctor en Arquitectura Jaime Aparicio Fraga, está inspirado en las Palabra de Jesús en la Cruz. Se han pensado siete pequeños espacios de Oración y Esperanza, presidido cada uno de ellos por una de estas Siete Palabras (Septem Verba) y que propician una suerte de catequesis para el visitante, ayudando a la trascendencia y a la Esperanza en la vida eterna.

La Cruz no tiene la última palabra en la vida de Jesús. Su Cruz está unida a su Resurrección, el primero de todos. Al compartir nuestra muerte en la Cruz, Cristo nos abre el camino de la Resurrección y la Vida eterna.

El espacio, coronado por una luz cenital que inspira al recogimiento, está situado en la parte derecha de las dependencias colindantes al ábside de la iglesia, la cual pretende recuperar la tradición de situar los restos de los difuntos en la parroquia habitual con el fin de custodiar con el máximo respeto las cenizas de nuestros seres queridos.

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Una arquitectura sobria y contemporánea

El Columbario de la  Parroquia de San Agustín ofrece un espacio de arquitectura sobria y contemporánea, con materiales sencillos y duraderos: piedra y acero.

Cada uno de estos espacios está coronado por una luz cenital que permite un tipo de iluminación que ayuda al recogimiento, pero que a la vez impregna el espacio de tensión arquitectónica, tiempo y gravedad.

Contratación de columbarios

Condiciones

Capacidad para 2 urnas

30 años*

3.000€ + IVA

*Desde la primera ocupación del nicho.

**La cuota de mantenimiento anual es 30€+IVA.

La contratación de los columbarios ofrece una financiación a medida, tanto si se dispone de un seguro de decesos como si no.

La adjudicación de los columbarios se realizará respetando el orden de adquisición de la concesión del Columbario.

Aquellos que efectúen la reserva antes del inicio de las obras podrán escoger lugar de ubicación y, además, personalizar el espacio cuando se adquiera más de uno.

Una vez finalizada y no renovada la concesión del columbario, las cenizas de los difuntos se dispondrán en el Cinerario Común, el espacio común que custodia las cenizas de los difuntos.

Preguntas frecuentes

¿Cómo funciona la contratación de los columbarios en San Agustín?

La contratación se realiza a través de concesiones de 30 años renovables, desde la primera inhumación. Todas las concesiones van acompañadas del correspondiente Título de Columbario.

¿Cuánto tiempo dura la concesión de los columbarios?

La concesión, el tiempo de utilización del nicho en el Columbario, es de 30 años, siendo posible la renovación. En el caso de no renovarse la concesión de 30 años, la urna pasaría al Cinerario Común, un espacio común que forma parte del Columbario sin coste adicional.

¿Puedo contratar mi columbario con la antelación que yo desee?

Por supuesto. La concesión de 30 años es la modalidad que permite la introducción de la urna en el columbario en el momento futuro en que se desee. Hasta ese momento, Ud. tiene reservado y garantizado en vida el espacio dentro del Columbario sin que el tiempo de concesión se inicie.

¿Puedo financiar la contratación de mi columbario?

Sí. La contratación del columbario se puede financiar, tanto si se dispone de un seguro de decesos como si no.

¿Puedo trasladar una urna que tengo en casa al Columbario de San Agustín?

Sí. Se puede realizar el traslado sin problemas. Coméntenoslo y nosotros nos ocuparemos de la gestión.

¿Puedo trasladar a mis familiares que están en el cementerio u otros lugares al Columbario de de San Agustín?

Sí. También se puede realizar el traslado desde el cementerio o desde cualquier otro lugar sin problemas. Le informaremos y ayudaremos en todas las gestiones necesarias para realizarlo.

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